Tramitamos partida de nacimiento certificado y posteriormente el envío del documento a cualquier parte del mundo. Realizamos Gestión de Tramite Documentario y envío de documentos certificados a cualquier parte del mundo.
Avenida Arequipa 340 - Oficina 507 - Santa Beatriz - Horario de atención: 8:00 a.m. – 12:30 p.m. y 3:00 p.m. a 5:00 p.m..
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El matrimonio es la unión de dos personas que se realiza voluntariamente ante la ley con el fin de hacer vida común. Tramitamos las obtención de partida de matrimonio certificado y envío del documento a cualquier parte del mundo.
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El Certificado de Defunción general o fetal es un documento que indica el fallecimiento de una persona o feto, respectivamente. Tramitamos certificado y acta de defunción y el envío del documento a cualquier parte del mundo.
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Si necesitas sacar el duplicado de tu certificado de estudios para trabajar, viajar, validar cursos, entre otros, la entidad en la que lo solicites dependerá del tipo y año de tus estudios. Tramitamos la obtención del certificado de estudios de educación primaria, secundaria universitaria.
Este documento certifica que la persona no tiene ningún enlace matrimonial registrado en la base de datos del Reniec. Tramitamos la obtención de la constancia negativa de matrimonio y envío del documento a cualquier parte del mundo.
Realizamos Gestión de Tramite Documentario.
Es un documento donde se indica las fechas de salida y entrada al Perú, se puede hacer en las oficinas de la Dirección General de Migraciones y Naturalización (Digemin). Tramitamos la obtención de Movimiento Migratorio y el posterior envío del documento a cualquier parte del mundo.
Tramitamos partida de nacimiento certificado y posteriormente el envío del documento a cualquier parte del mundo. Realizamos Gestión de Tramite Documentario y envío de documentos certificados a cualquier parte del mundo.
Es un documento oficial que certifica si una persona registra o no sentencias condenatorias impuestas como consecuencia de haber comentido un delito. Tramitamos la obtención del certificado de antecedentes penales y envío del documento a cualquier parte del mundo.
Es un documento donde se indica las fechas de salida y entrada al Perú, se puede hacer en las oficinas de la Dirección General de Migraciones y Naturalización (Digemin). Tramitamos la obtención de Movimiento Migratorio y el posterior envío del documento a cualquier parte del mundo.
Este documento certifica que la persona no tiene ningún enlace matrimonial registrado en la base de datos del Reniec. Tramitamos la obtención de la constancia negativa de matrimonio y envío del documento a cualquier parte del mundo.
Realizamos Gestión de Tramite Documentario.
Este documento certifica que la persona no tiene ningún enlace matrimonial registrado en la base de datos del Reniec. Tramitamos la obtención de la constancia negativa de matrimonio y envío del documento a cualquier parte del mundo. Apostillados y traducciones oficiales.
Tramitamos partida de nacimiento certificado y posteriormente el envío del documento a cualquier parte del mundo. Realizamos Gestión de Tramite Documentario y envío de documentos certificados a cualquier parte del mundo.
El matrimonio es la unión de dos personas que se realiza voluntariamente ante la ley con el fin de hacer vida común. Tramitamos las obtención de partida de matrimonio certificado y envío del documento a cualquier parte del mundo.
Somos un grupo de profesionales que brindamos el servicio de Gestión de documentos en todo el territorio Peruano, realizamos este servicio con garantía, responsabilidad, eficiencia, rapidez y confidencialidad.
Nuestra disponibilidad es las 24 horas. Ofrecemos nuestros servicios a peruanos y extranjeros que residen en provincia y otros Países, que por diferentes circunstancias desean algún tipo de trámite documentario.
Realizamos trámites de documentos en entidades públicas o Privadas de nuestro País.
Contacto: admin@tramite-peru.com, CELULAR Y WHATSAPP: 51-953-558-510.
Nuestra experiencia de casi 10 años, nos permiten estar preparados para enfrentar cualquier complejidad de proyecto, ayudando a nuestros clientes a reducir riesgos operativos, simplificar sus procesos de gestión, reducir costos y mejorar su productividad, mediante la automatización de actividades y una óptima gestión de producción.
La Apostilla es una certificación por la cual el gobierno peruano, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, legaliza la autenticidad de la firma y el título con que actuó el funcionario peruano que suscribe un documento expedido en el Perú y que va a surtir efectos legales ante un país integrante de la Convención de la Haya sobre Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de 1961. Entró en vigencia para el Perú el 30 de setiembre del 2010.
- El Ministerio De Relaciones Exteriores del Perú apostilla únicamente documentos expedidos por autoridades peruanas.
- Sólo se apostillan documentos originales y/o copias certificadas con la firma de la autoridad competente previamente registrada.
- Si el país al cual se va a presentar el documento requiere su traducción, esta también tendrá que apostillarse.
- Los documentos deben de contar con las firmas previas requeridas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, antes de ser apostillados.
A través de la Resolución Legislativa 29445 el Perú aprobó la adhesión al "Convenio Suprimiendo la Exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros" también conocido como Convenio de la Apostilla de La Haya (05 de octubre 1961). Una vez cumplido los plazos exigidos, el convenio entró en vigencia para el Perú el 30 de setiembre de 2010.
De acuerdo a lo señalado en el Convenio, el Perú está obligado a reconocer la eficacia jurídica de un documento público emitido por otro país firmante del Convenio quedando en consecuencia suprimido el requisito de la legalización consular o diplomática, para ello se deberá tramitar una legalización única o apostillado ante la autoridad local correspondiente en la cual se consigna una anotación que certifica la autenticidad del documento público.
De esta manera, los documentos "apostillados" en el extranjero para ser utilizados en el Perú ya no requieren la legalización por parte de las oficinas consulares peruanas ni por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.
De acuerdo a lo señalado en el Convenio de La Haya son considerados documentos públicos aquellos que son emitidos por una autoridad o un funcionario vinculado a la jurisdicción del Estado, incluyendo los provenientes del Ministerio Público o de un secretario, oficial o agente judicial. También son documentos públicos aquellos a ser utilizados de manera administrativa, así como certificaciones oficiales que hayan sido puestas sobre documentos privados, tales como la certificación de registro de un documento, certificación sobre la certeza de una fecha y las autenticaciones oficiales y notariales de firmas en documentos de carácter privado.
El "apostillado" no se aplicará en documentos extendidos por funcionarios diplomáticos o consulares y en aquellos relacionados directamente con una operación comercial o aduanera.
Albania, Alemania, Andorra, Argentina, Armenia, Australia , Austria, Azerbaiyán, Belarús, Bélgica, Bosnia-Herzegovina, Brasil, Bulgaria, Bolivia, Chile, China, Chipre, Colombia, Corea del Sur, Costa Rica, Croacia , Dinamarca, Ecuador, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estados Unidos, Estonia, Finlandia, Francia, Georgia, Grecia, Guatemala, Honduras, Hungría, India, Irlanda, Islandia, Israel, Italia, Japón, Kazajstán, Letonia, Lituania, Luxemburgo, República de Macedonia, Malta, Marruecos, Mauricio, México, Moldavia, Mónaco, Montenegro, Noruega, Nueva Zelanda, Países Bajos, Panamá, Paraguay, Perú, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania, Rusia, Serbia, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Surinam, Trinidad y Tobago, Túnez, Turquía, Ucrania, Uruguay, Vanuatu, Venezuela, Barranquitas.
Antigua y Barbuda, Bahamas, Baréin, Belice, Botsuana, Brunéi Darussalam, Burundi, Cabo Verde, Dominica, El Salvador, Canadá, Fiyi, Granada, Guatemala, Kirguistán, Kósovo, Lesoto, Liberia, Liechtenstein, Malaui, Islas Cook, Islas Marshall, Mongolia, Namibia, Nicaragua, Niue, Omán, República Dominicana, San Cristóbal y Nieves, Samoa, San Marino, Santa Lucía, Santo Tomé y Príncipe, San Vicente y las Granadinas, Seychelles, Suazilandia, Tonga, Uzbekistán.
La Apostilla es una certificación por la cual el gobierno peruano, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, legaliza la autenticidad de la firma y el título con que actuó el funcionario peruano que suscribe un documento expedido en el Perú y que va a surtir efectos legales ante un país integrante de la Convención de la Haya sobre Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de 1961. Entró en vigencia para el Perú el 30 de setiembre del 2010.
Requisitos:
- El Ministerio De Relaciones Exteriores del Perú apostilla únicamente documentos expedidos por autoridades peruanas.
- Sólo se apostillan documentos originales y/o copias certificadas con la firma de la autoridad competente previamente registrada.
- Si el país al cual se va a presentar el documento requiere su traducción, esta también tendrá que apostillarse.
- Los documentos deben de contar con las firmas previas requeridas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, antes de ser apostillados.
¿Desde cuando entra en vigencia para el Perú?
A través de la Resolución Legislativa 29445 el Perú aprobó la adhesión al "Convenio Suprimiendo la Exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros" también conocido como Convenio de la Apostilla de La Haya (05 de octubre 1961). Una vez cumplido los plazos exigidos, el convenio entró en vigencia para el Perú el 30 de setiembre de 2010.
Legalización Única:
De acuerdo a lo señalado en el Convenio, el Perú está obligado a reconocer la eficacia jurídica de un documento público emitido por otro país firmante del Convenio quedando en consecuencia suprimido el requisito de la legalización consular o diplomática, para ello se deberá tramitar una legalización única o apostillado ante la autoridad local correspondiente en la cual se consigna una anotación que certifica la autenticidad del documento público.
De esta manera, los documentos "apostillados" en el extranjero para ser utilizados en el Perú ya no requieren la legalización por parte de las oficinas consulares peruanas ni por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.
Documentos Públicos
De acuerdo a lo señalado en el Convenio de La Haya son considerados documentos públicos aquellos que son emitidos por una autoridad o un funcionario vinculado a la jurisdicción del Estado, incluyendo los provenientes del Ministerio Público o de un secretario, oficial o agente judicial. También son documentos públicos aquellos a ser utilizados de manera administrativa, así como certificaciones oficiales que hayan sido puestas sobre documentos privados, tales como la certificación de registro de un documento, certificación sobre la certeza de una fecha y las autenticaciones oficiales y notariales de firmas en documentos de carácter privado.
El "apostillado" no se aplicará en documentos extendidos por funcionarios diplomáticos o consulares y en aquellos relacionados directamente con una operación comercial o aduanera.
Autoridades que pueden "Apostillar" en Perú:
(Solo para documentos emitidos por autoridades peruanas)
Ministerio de Relaciones Exteriores en Lima u oficinas descentralizadas.
Oficina en el Centro de Lima
Dirección: Jr. Miro Quesada Nº 263, Pasaje Acuña Nº 155, Lima
Oficina en el Callao
Dirección: AAv. Sáenz Peña Nº 122, 2º piso
Oficinas Descentralizadas en: Arequipa, Cusco, Iquitos, Piura, Puno, Tacna, Tumbes, ver direcciones en (www.rree.gob.pe).
Trámites en el Ministerio de Relaciones Exteriores
Avenida Arequipa 340 - Oficina 507 - Santa Beatriz - Horario de atención: 8:00 a.m. – 12:30 p.m. y 3:00 p.m. a 5:00 p.m..
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